Sector Remolque Portuario:
Cesarán sus actividades a partir de las 00:00 hs. del 25/11/2025, retomando las mismas a partir de las 00:00 hs. del 26/11/2025.
Las empresas designarán la guardia de seguridad de Remolcadores que quedarán a disposición para realizar las tareas de seguridad (salidas de buque tanque, o designadas por la autoridad marítima) correspondientes en cada Puerto. Importante: deberá permanecer una pareja de remolcadores de guardia.
La pareja de remolcadores de guardia no necesariamente tienen que ser de la misma empresa y no realizarán ninguna servicio habitual a excepción de los ya mencionados.
Estas directivas quedarán sin efecto cuando por razones de seguridad, la autoridad marítima requiera la asistencia o servicio de alguna/s embarcación/es y hasta tanto desaparezca el motivo que provocó el no cumplimiento de las Directivas.
Dentro de las posibilidades con que cuenten los afiliados deberán comunicar dicha situación a los respectivos representantes sindicales.

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